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Código de Ética: Conflicto de Interés

El conflicto de interés surge cuando los miembros capaces de tomar decisiones vinculantes respecto de una empresa modifican las políticas y o intervienen directa o indirectamente en los contratos que esta celebre con personas naturales o jurídicas políticas en beneficio de su interés propio en perjuicio de los intereses de la sociedad, sus socios y o colaboradores. Ejemplos de lo anterior son los actos y contratos celebrados esporádica o permanentemente por quienes pueden obligar legalmente a la sociedad cuya contraparte es un familiar, conocido, o terceros que han ofrecido beneficios, dádivas o se han valido de otros elementos para celebrar el contrato corporativamente viciado, generando con ello beneficios respecto de quien o quienes pueden tomar decisiones vinculantes y perjudicando o poniendo en riesgo los intereses de la empresa, sus socios, y colaboradores.

Por el presente Código de Ética Empresarial y a fin de velar por un comercio justo, se determina que todos los miembros presentes y futuros que formen parte de Kallvü, SpA, sea a título de accionista mayoritario, gerente general, representante legal o cualquier otro título que le confiera facultades para obligar a la empresa para celebrar un determinado acto o contrato, deberán abstenerse de celebrarlo si existiera el peligro de que existiera un conflicto de interés aunque fuere este peligro catalogado como eventual por la relación entre quienes pueden tomar decisiones vinculantes respecto de Kallvü, Diseño & Textil SpA, y la persona natural o jurídica que obra como contraparte contractual; asimismo, pesará sobre el o las personas anteriormente obligadas, el deber de informar lo anterior ante el superior jerárquico, en caso de tenerlo, o a todos los accionistas de la empresa a fin que quede registrado en medio idóneo la situación en comento. En caso que no exista un superior jerárquico a quien informar lo anterior, pesará sobre el directorio, gerencia general o representante legal el deber de contratar, a su costo, una empresa que fiscalice lo anterior, a la cual se le conferirán temporalmente potestades punitivas para hacer efectivas sus funciones fiscalizadoras sobre Kallvü, Diseño & Textil SpA.

Es deber de los socios, trabajadores o colaboradores el denunciar los conflictos de interés o los contratos que se celebren en consideración de aquel, de los cuales hayan tenido conocimiento. Esta denuncia (a falta de auto denuncia de la o las personas que pudieran afectar el interés de la empresa) se considerará una excepción respecto del uso de información privilegiada.

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